sábado. 27.04.2024
Guardia Civil de Tráfico.
Guardia Civil de Tráfico.

El Destacamento de Tráfico de Puerto del Rosario en Fuerteventura, procedió el pasado día 04 de octubre a la realización de un punto de control de velocidad para garantizar la seguridad vial y prevenir conductas de riesgo en la vía, en el que investigaron a un conductor de 30 años de edad por un delito contra la seguridad vial, por conducir un vehículo a motor habiendo perdido la vigencia de su permiso de conducir por carecer de la totalidad de los puntos asignados legalmente.

Ocurrencia de los hechos

La Guardia Civil de Tráfico de Puerto del Rosario, en el desempeño en cumplimiento de las competencias encomendadas en materia de seguridad vial, prestaron servicio en la carretera FV-2, a la altura del km.15,800 y tras realizar un control de velocidad el pasado día 04 de octubre y procedieron a parar a un turismo conducido por un varón de 30 años, captado por el cinemómetro circulando a 83 km/h., en un tramo cuya velocidad se encuentra limitada a 60 km./h.

Los agentes pudieron comprobar los datos obtenidos realizando las gestiones oportunas con la Central Operativa de Tráfico (C.O.T.A.), obteniendo el resultado que carecía de permiso de conducir al no tenerlo vigente por la pérdida de la totalidad de los puntos asignados legalmente.

Por todo ello, los agentes en el ejercicio de sus funciones específicas, procedieron a informar al conductor de que sería investigado como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial por conducir un vehículo a motor careciendo de permiso de conducción.

Asimismo, a la persona implicada se le extendió boletín de denuncia por circular a 83 km/h., en tramo cuya velocidad se encuentra limitada a 60 km./h., que conlleva una sanción administrativa de 100 €.

De los hechos investigados, se instruyeron las correspondientes diligencias que fueron entregadas en el Juzgado de Instrucción en funciones de guardia de Puerto del Rosario.

Normativa aplicable

El capítulo IV del vigente Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad vial y establece las siguientes penas por la conducción de un vehículo a motor careciendo de permiso de conducción y que es la siguiente:

Artículo 384.

El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

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